Universidad de los Andes

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Ago 2011 26

Medio Ambiente y desarrollo

Para un país como Colombia que se está catalogando como un “país minero”, es imprescindible vincular: “el principio de libertad para el ejercicio de actividades económicas y los otros principios constitutivos y reguladores, con el principio de compatibilidad ecológica”. De manera que ya no se habla de economía social de mercado sino de “economía de mercado social y ecológicamente compatible”. En este sentido, debe existir una regulación y vigilancia para que la explotación de estos recursos y “su interacción  con el entorno natural sea sustentable, … a fin de satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras (Gallegos: Radke, Fundación Konrad Adenauer- CIEDLA, 1995).
 
Luis Gallegos Molina, en el libro: Economía Social de Mercado, Medio Ambiente y Responsabilidad Social Empresarial, describe con precisión los principios que rigen la política medioambiental en este orden de ideas: la responsabilidad del causador, la prevención y la cooperación social. El primero de ellos indica que la utilización del medio ambiente  debe tener un precio y como tal el causante del efecto contaminador debe ser el responsable de pagar los costos de impacto ambiental por ser quien los ocasiona y no la comunidad. El segundo propende por la protección medioambiental preventiva, que viene acompañado del principio de equidad intergeneracional –pensar tanto en las generaciones presentes como futuras- y cuenta con políticas que permitan actuar con anticipación ante hechos predecibles, más que tener que reparar daños ecológicos lamentablemente consumados. El tercer principio se origina en la responsabilidad de todo ciudadano, organización social o empresas de asumir buenas prácticas de protección del medio ambiente en su entorno.
 
Para dar fe a dichos principios es necesario crear instrumentos de política económica que mantengan el equilibrio entre la generación de riqueza y desarrollo y la protección del medio ambiente. Uno de estos instrumentos ha sido anunciado por el Viceministro de Minas, Tomás González, como es la fiscalización de los títulos mineros a cargo de una o varias firmas privadas. La licitación obligará a la inspección tanto de los títulos mineros que se otorgan para explotación y exploración de cualquier mineral en todo el país. La propuesta tiene por objeto evitar la superposición de títulos mineros en áreas de parques nacionales y páramos y el control al otorgamiento de títulos.
 
Para la Cámara Colombiana de Minería, se ve como una oportunidad para las empresas de poder contar con experiencia certificada sobre su actividad.
 
Un ejemplo son las minas de Santurbán (Santander) y La Colosa (Tolima) donde la explotación minera a cielo abierto genera enorme impacto en sus ecosistemas, especialmente por el recurso hídrico y la protección del páramo, pero que por estar ubicadas en zonas de alta riqueza en oro y plata, se debate la alternativa de la explotación subterránea.
Esto aunado a las disposiciones previstas en el Plan Nacional de Desarrollo “Prosperidad para todos”, 2010-2014, conforme a la ley, que prohíbe la explotación minera en el páramo.

Se trata entonces de integrar el desarrollo con la protección del medio ambiente con elementos que no distancien una de otra sino que se acerquen con un ingrediente de orden sobre el impacto ecológico. Dentro de la denominada economía del mercado social y ecológicamente compatible.

 



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Blog del Senador José Darío Salazar

por

José Darío Salazar Cruz

Segundo secretario Embajada Paraguay, Cónsul Embajada Paraguay, Jefe escalafón y carreras docentes

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