“Por la cual se modifica el artículo 376 del Código Penal. [Despenalización de la dosis mínima]”
Estados
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Radicado
09.21.2011
-
Publicación
09.21.2011
-
Acumulado
11.04.2011
Sinopsis
El que sin permiso de autoridad competente, salvo lo dispuesto sobre dosis para uso personal, introduzca al país, así sea en tránsito, o saque de él, transporte, almacene, elabore, venda o financie a cualquier título sustancia estupefaciente, sicotrópica o drogas sintéticas que se encuentren contempladas en los cuadros uno, dos, tres y cuatro del Convenio de las Naciones Unidas sobre sustancias sicotrópicas incurrirá en prisión de 128 a 360 meses y multa de 1.334 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Datos Generales
| Sep 21 de 2011 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Datos generales
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Cuatrienio
2010 2014
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Tipo
Proyecto de Ley
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Tema
Seguridad Social
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Tema
Derechos Fundamentales
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Número en Cámara de Representantes
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Número en Senado
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Fecha de Radicación
2011-09-21
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Legislatura
Legislatura Jul 2011 - Jun 2012
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Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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Tags
dosis personal dosis minima drogas drogadiccion Codigo Penal sustancias sicotropicas drogas sinteticas marihuana estupefacientecocaina
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